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Las cinco vías del arraigo, comparadas en claro

Actualizado el 17 de julio de 2026 · CitaArraigo

El arraigo reconoce algo que ya es verdad: tu vida está en España. La reforma del Reglamento cambió las reglas más de lo que casi nadie ha actualizado: ahora son cinco figuras, el «arraigo laboral» dejó de existir con ese nombre y la permanencia exigida bajó de tres años a dos. Aquí están las cinco comparadas sin jerga, con el artículo al lado.

Las cinco vías, de un vistazo

Todas piden los mismos requisitos generales del artículo 126: dos años de permanencia continuada (no tres), carecer de antecedentes penales en España y en los países donde hayas residido los últimos cinco años, y no ser solicitante de protección internacional. El arraigo familiar es la excepción: no exige tiempo mínimo. Lo que cambia en cada vía es la prueba central:

  • Arraigo social (art. 127.c): 2 años + vínculos familiares con extranjeros que ya tengan residencia y medios del 100 % del IPREM; si no tienes esos vínculos, se valora el informe de integración social de tu Comunidad Autónoma. NO exige contrato de trabajo
  • Arraigo sociolaboral (el antiguo «arraigo laboral»): 2 años + uno o varios contratos que sumen al menos 20 horas semanales y salario mínimo o de convenio. Ya no se prueba con trabajo no declarado
  • Arraigo familiar (art. 127.e): sin tiempo mínimo y dura 5 años, pero SOLO para padre, madre o tutor de un menor de otro país de la UE, EEE o Suiza a su cargo. Si tu hijo es español, tu vía ya no es esta: es la residencia de familiar de persona española (EX-24)
  • Arraigo socioformativo (art. 127.d), antes «para la formación»: 2 años + matrícula en la formación prevista, más el informe de integración. Ojo: hay que acreditar la matrícula en 3 meses desde la concesión o la autorización se extingue
  • Arraigo de segunda oportunidad (art. 127.a): la figura nueva y menos conocida — para quien tuvo residencia legal y la perdió en los dos años anteriores porque no pudo renovarla

La prueba reina: tu permanencia

Da igual la vía: tendrás que demostrar CUÁNTO llevas en España de forma continuada. El padrón es la prueba principal — cada mes empadronado cuenta. Pero no es la única: citas médicas, envíos de dinero, tarjetas de transporte, matrículas, cualquier papel oficial con tu nombre y fecha suma.

El error clásico: años viviendo aquí sin dejar rastro documental. Si estás leyendo esto y aún no tienes expediente, empieza HOY la carpeta: empadrónate y guarda todo papel fechado. Tu yo del año que viene te lo agradecerá.

Dónde se atasca todo el mundo: la cita

Preparar el expediente lleva semanas. Conseguir la cita para PRESENTARLO puede llevar más — los huecos de arraigo salen en tandas pequeñas y desaparecen en minutos, igual que los de huellas.

Ese es exactamente nuestro trabajo: vigilancia continua de tu provincia y reserva a tu nombre en cuanto aparece un hueco (99 €, pagas al confirmarse). El fondo jurídico, con tu abogado; la carrera por la cita, con nosotros.

Después de presentar

Con el favorable llega la segunda carrera: la cita de huellas para tu TIE y después la recogida de la tarjeta. Las tres citas del ciclo (presentación → huellas → recogida) sufren la misma escasez — nosotros las gestionamos seguidas si quieres cerrar el ciclo sin volver a mirar la web.

Fuentes oficiales

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